¿Quieres vivir en España mientras trabajas a distancia para empresas de otros países?

La Visa de Nómada Digital, cuyo nombre oficial es visado de residencia para teletrabajo de carácter internacional, permite a ciudadanos de países no pertenecientes a la Unión Europea residir y trabajar a distancia desde España para empresas o clientes situados fuera de España.

Esta vía está regulada por la Ley 14/2013 y está pensada para profesionales que desarrollan su actividad utilizando exclusivamente medios informáticos, telemáticos y de telecomunicación.

En esta página

¿Quién puede solicitar la Visa de Nómada Digital?

La autorización está dirigida a profesionales cualificados de terceros países que trabajan a distancia y quieren establecer su residencia en España.

Puedes acceder tanto si trabajas por cuenta ajena para una empresa extranjera como si desarrollas una actividad por cuenta propia con clientes internacionales.

Para acreditar la cualificación profesional, se puede aportar un título de graduado o posgrado de una universidad, centro de formación profesional o escuela de negocios de reconocido prestigio, o acreditar una experiencia profesional mínima de tres años.


Requisitos para ser Nómada Digital en España

Además de cumplir los requisitos generales de las autorizaciones de la Ley 14/2013, es necesario acreditar determinadas condiciones relacionadas con tu actividad profesional y con la empresa o empresas para las que trabajas.

Trabajar realmente a distancia

La actividad debe poder desarrollarse de forma remota mediante medios informáticos, telemáticos o de telecomunicación. No basta con que tu empresa permita ocasionalmente trabajar desde casa: las funciones propias del puesto deben ser susceptibles de realizarse a distancia.

Relación profesional con empresas extranjeras

La empresa o grupo de empresas con el que mantienes la relación laboral o profesional debe acreditar una actividad real y continuada de al menos un año.

Si trabajas por cuenta ajena, debes acreditar además que mantienes la relación laboral con la empresa extranjera desde, al menos, los tres meses anteriores a la solicitud y que esta permite realizar tu trabajo a distancia desde España.

Si trabajas por cuenta propia, debes acreditar una relación profesional o mercantil con empresas situadas fuera de España durante, al menos, los tres meses anteriores a la solicitud.

¿Puedo ser Nómada Digital y trabajar para empresas españolas?

Sí, pero depende de cómo desarrolles tu actividad.

Si trabajas por cuenta ajena, tu actividad laboral debe realizarse para empresas situadas fuera de España.

Si trabajas por cuenta propia, puedes mantener relaciones profesionales con empresas españolas, siempre que el trabajo realizado para ellas no supere el 20 % del total de tu actividad profesional.

Recursos económicos suficientes

También debes acreditar que dispones de recursos económicos suficientes para residir en España.

La normativa establece como referencia un mínimo equivalente al 200 % del SMI para el titular. Si se desplazan familiares, se añade un 75 % del SMI para el primer familiar y un 25 % por cada familiar adicional.

Otros requisitos

Entre los requisitos generales se encuentran, entre otros:

  • Ser mayor de 18 años.
  • No encontrarse irregularmente en España.
  • No tener determinados antecedentes penales.
  • Contar con cobertura sanitaria válida en España.
  • Acreditar la relación laboral o profesional y que la actividad puede realizarse a distancia.

En el caso de trabajadores por cuenta propia, además, es necesario cumplir las obligaciones correspondientes con la Seguridad Social española.


¿Visa de Nómada Digital o residencia como teletrabajador?

Una de las principales dudas es si tienes que solicitar un visado o una autorización de residencia.

Si estás fuera de España, la vía habitual es solicitar el visado de teletrabajo de carácter internacional ante el Consulado de España correspondiente a tu lugar de residencia. Este visado tiene una duración máxima de un año y permite residir y trabajar a distancia en España durante su vigencia.

Si ya te encuentras legalmente en España, puedes solicitar directamente una autorización de residencia para teletrabajo de carácter internacional ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE), sin necesidad de obtener previamente el visado. Esta autorización puede concederse por un periodo máximo de tres años.

Las autorizaciones de residencia de la Ley 14/2013 se tramitan por vía telemática y el plazo máximo de resolución es de 20 días.

¿Puede mi familia acompañarme a España?

Sí. Determinados familiares del teletrabajador internacional pueden solicitar conjuntamente o posteriormente su correspondiente visado o autorización de residencia.

Entre ellos se encuentran el cónyuge o pareja, los hijos en las condiciones previstas legalmente y los ascendientes a cargo. Además, las autorizaciones de residencia de los familiares permiten trabajar en España, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.

Puedes consultar también nuestra página sobre Familia y residencia en España si quieres conocer las distintas vías de residencia para familiares.


Documentación para solicitar la Visa de Nómada Digital

La documentación depende de si solicitas un visado desde el extranjero o una autorización de residencia desde España, pero habitualmente tendrás que acreditar:

  • Pasaporte en vigor.
  • Relación laboral o profesional con la empresa o empresas extranjeras.
  • Antigüedad de la relación profesional o laboral.
  • Que la actividad puede realizarse a distancia.
  • Actividad real y continuada de la empresa o grupo de empresas.
  • Titulación o experiencia profesional requerida.
  • Recursos económicos suficientes.
  • Cobertura sanitaria.
  • Antecedentes penales y demás documentación exigida.

Los documentos públicos extranjeros pueden necesitar apostilla o legalización y traducción jurada al castellano, según el país de expedición y el documento.


Duración de la residencia como Nómada Digital

El visado de teletrabajo de carácter internacional tiene una duración máxima de un año.

La autorización de residencia solicitada desde España puede tener una duración máxima de tres años. Posteriormente, puede renovarse por periodos de dos años, siempre que se mantengan las condiciones que dieron derecho a la autorización.


¿Qué ocurre con los impuestos y la Seguridad Social?

Obtener la Visa de Nómada Digital no determina por sí solo tu régimen fiscal. Tu situación tributaria dependerá, entre otros factores, de tu residencia fiscal, de dónde se desarrolla efectivamente tu actividad y de los convenios internacionales aplicables.

Del mismo modo, trabajar desde España implica tener en cuenta las obligaciones correspondientes con la Seguridad Social. En el caso de trabajadores por cuenta propia, la UGE señala expresamente la obligación de darse de alta en el régimen de autónomos (RETA).

Por eso, si vas a trasladar tu residencia a España manteniendo tu actividad profesional internacional, conviene analizar inmigración, fiscalidad y Seguridad Social de forma conjunta.

¿Tu perfil encaja con la Visa de Nómada Digital?

Cuéntanos cómo trabajas actualmente, para quién trabajas y desde dónde quieres solicitar tu residencia en España.

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Yelitza Castillo
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Cristina Pérez
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jose maria
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VALENTINA PAZ NILO PEÑAILILLO
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zineb dioua
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Pablo Esteban
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Sahory Balaguera
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Lidia Flores
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Antonio Herrero
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