La constitución de una sociedad no empieza en la notaría. Antes de formalizarla es necesario definir la estructura de la empresa, determinar quiénes serán sus socios y administradores, establecer su actividad y domicilio y preparar la documentación necesaria.

Además, constituir la sociedad y ponerla en funcionamiento son procesos relacionados, pero no idénticos. Después de la constitución pueden ser necesarios trámites fiscales, laborales, administrativos o sectoriales para que la empresa pueda comenzar efectivamente su actividad.

En Grupo Consultae coordinamos ambas fases para que la creación de la sociedad responda a las necesidades reales del proyecto.

En esta página

¿Cuándo puede ser necesario constituir una sociedad?

Podemos ayudarte cuando necesitas:

  • Crear una nueva empresa para desarrollar una actividad en España.
  • Establecer una filial española de una empresa extranjera.
  • Crear una sociedad con varios socios.
  • Estructurar un nuevo proyecto empresarial.
  • Separar una nueva línea de negocio mediante una sociedad independiente.
  • Establecer en España una estructura empresarial vinculada a un grupo internacional.
  • Analizar si resulta más adecuado constituir una sociedad española o estudiar otras formas de establecimiento empresarial.

Qué estructura societaria puede encajar con tu proyecto

No existe una única estructura adecuada para todos los proyectos. Para determinar cuál puede encajar, es necesario analizar aspectos como:

  • Número y perfil de los socios.
  • Capital que se va a aportar.
  • Forma en la que se organizará la administración.
  • Actividad que desarrollará la empresa.
  • Nivel de responsabilidad que asumirán los socios.
  • Necesidades de financiación o crecimiento.
  • Participación de empresas o socios extranjeros.
  • Necesidad de establecer una estructura vinculada a un grupo empresarial.

En Grupo Consultae estudiamos estas circunstancias antes de iniciar la constitución para determinar qué estructura y qué trámites necesita el proyecto.

Sociedad de Responsabilidad Limitada (SL)

La Sociedad de Responsabilidad Limitada es una sociedad de capital en la que la responsabilidad de los socios queda, con carácter general, vinculada a sus aportaciones.

Es una de las formas societarias más utilizadas en España y puede constituirse actualmente con un capital social mínimo de 1 euro. Cuando el capital es inferior a 3.000 euros, se aplican las reglas específicas previstas por la normativa hasta alcanzar dicha cifra.

La SL puede ser adecuada para proyectos con uno o varios socios y permite estructurar la participación de cada uno mediante participaciones sociales.

Sociedad Anónima (SA)

La Sociedad Anónima también es una sociedad de capital, pero su capital está dividido en acciones.

Puede resultar adecuada para determinados proyectos empresariales que requieren una estructura de capital diferente, especialmente cuando la dimensión, las necesidades de financiación o la organización de la sociedad hacen conveniente utilizar acciones en lugar de participaciones sociales.

La elección entre una SL y una SA debe realizarse teniendo en cuenta las características concretas del proyecto y de sus socios.

Sociedad Colectiva

La Sociedad Colectiva es una sociedad mercantil de carácter personalista en la que los socios participan directamente en la gestión y responden de las obligaciones sociales en los términos establecidos legalmente.

Su estructura está especialmente vinculada a la identidad y participación de los socios, por lo que sus características son diferentes de las de una sociedad de capital como la SL o la SA.

Sociedad Comanditaria Simple

La Sociedad Comanditaria Simple combina dos tipos de socios:

  • Socios colectivos, que participan en la gestión y responden de las obligaciones sociales en los términos previstos legalmente.
  • Socios comanditarios, cuya participación se centra en la aportación de capital y cuya responsabilidad está limitada a dicha aportación.

Es una forma societaria menos habitual que la SL o la SA y requiere analizar específicamente la relación entre los socios y la estructura de participación.

Sociedad Comanditaria por Acciones

La Sociedad Comanditaria por Acciones combina elementos de las sociedades comanditarias y de las sociedades de capital.

Su capital está dividido en acciones y existen socios colectivos que asumen la administración y responden personalmente de las obligaciones sociales, junto con socios comanditarios cuya responsabilidad queda limitada a su aportación.

Sociedades mercantiles especiales

Además de las formas mercantiles anteriores, existen otras estructuras sometidas a una regulación específica, entre ellas:

  • Sociedades Laborales, que pueden adoptar la forma de Sociedad Limitada Laboral o Sociedad Anónima Laboral.
  • Sociedades Cooperativas, organizadas para desarrollar una actividad empresarial bajo los principios y reglas propios del régimen cooperativo.
  • Sociedades Profesionales, destinadas al ejercicio en común de actividades profesionales que requieren titulación y colegiación cuando así lo establece la normativa.
  • Sociedades Agrarias de Transformación, vinculadas a actividades de carácter agrario.
  • Agrupaciones de Interés Económico (AIE), destinadas a facilitar o desarrollar la actividad económica de sus socios.

Cuando la empresa extranjera quiere establecerse en España

Constituir una sociedad española es solo una de las posibilidades para una empresa extranjera que quiere desarrollar actividad en España.

Dependiendo de cómo vaya a operar el grupo, podemos estudiar diferentes alternativas.

Filial española

La empresa extranjera puede constituir una sociedad española independiente, participada total o parcialmente por la empresa matriz.

En este caso, la nueva sociedad tendrá su propia personalidad jurídica, órganos de administración, obligaciones fiscales y estructura empresarial en España.

Sucursal

Una sucursal permite a una empresa extranjera desarrollar actividad en España sin constituir una sociedad española independiente.

La estructura y la relación con la empresa matriz son diferentes de las de una filial, por lo que es necesario analizar el proyecto antes de decidir qué opción utilizar.

Establecimiento permanente

En determinados casos, una empresa extranjera puede desarrollar actividad en España mediante un establecimiento permanente, sin crear una nueva persona jurídica.

La existencia de un establecimiento permanente tiene implicaciones fiscales y administrativas específicas, por lo que su estudio debe realizarse antes de comenzar la actividad.

La elección entre constituir una sociedad española, abrir una sucursal o desarrollar la actividad mediante un establecimiento permanente dependerá de la estructura del grupo y de cómo se vaya a desarrollar la actividad en España.


Qué necesitamos definir antes de constituir la sociedad

Una vez identificada la estructura adecuada, recopilamos la información necesaria para preparar la constitución.

La actividad de la empresa

Necesitamos conocer qué actividad desarrollará la sociedad, dónde se realizará y si está sujeta a autorizaciones, licencias o requisitos administrativos específicos.

Los socios

Definimos quiénes participarán en la sociedad, qué porcentaje tendrá cada socio y cómo quedará estructurado el capital social.

Cuando alguno de los socios sea una empresa, revisamos también la documentación necesaria para acreditar su existencia y representación.

Los administradores

Es necesario determinar quién asumirá la administración de la sociedad y preparar la documentación correspondiente para su nombramiento.

Cuando el administrador sea extranjero, pueden ser necesarios trámites adicionales de identificación y documentación.

El domicilio social

El domicilio social debe quedar definido en la constitución de la sociedad y será relevante para determinar, entre otras cuestiones, el Registro Mercantil competente.

La denominación social

Antes de constituir la sociedad hay que comprobar que la denominación elegida puede utilizarse y solicitar la correspondiente certificación negativa ante el Registro Mercantil Central.


Te acompañamos de principio a fin en la constitución de tu sociedad

Una vez definida la estructura, coordinamos las diferentes fases del proceso.

1. Certificación negativa de denominación social

Solicitamos la certificación que acredita que no existe otra sociedad con una denominación idéntica a la elegida.

2. Preparación de los estatutos sociales

Preparamos o adaptamos el borrador de estatutos teniendo en cuenta la actividad, la estructura de los socios y las características del proyecto.

3. Capital social y documentación de los socios

Coordinamos la documentación necesaria para formalizar la constitución y las actuaciones relacionadas con las aportaciones al capital social que correspondan.

4. NIF provisional

Gestionamos la solicitud del NIF provisional de la sociedad durante el proceso de constitución cuando corresponda.

5. Firma de la escritura ante notario

Coordinamos con la notaría la firma de la escritura pública de constitución por parte de los socios y administradores que corresponda.

6. Inscripción en el Registro Mercantil

Gestionamos la presentación y hacemos seguimiento de la inscripción de la escritura en el Registro Mercantil correspondiente.

La inscripción forma parte de los trámites necesarios para la creación de la empresa y es el momento en el que las sociedades adquieren personalidad jurídica.

7. NIF definitivo y alta censal

Tras la inscripción, gestionamos la obtención del NIF definitivo y el alta censal de la sociedad ante la Agencia Tributaria.

8. Puesta en marcha

Dependiendo de la actividad, pueden ser necesarios otros trámites para comenzar a operar, como la comunicación de apertura de un centro de trabajo, licencias, autorizaciones o determinadas obligaciones fiscales, laborales y administrativas.


Constitución de sociedades con socios extranjeros

Cuando alguno de los socios, administradores o empresas participantes se encuentra fuera de España, la constitución puede requerir una coordinación documental adicional.

Socios o administradores extranjeros

Revisamos la documentación identificativa necesaria y, cuando corresponda, coordinamos los trámites relacionados con el NIE de las personas extranjeras que participen en la sociedad.

Empresas extranjeras como socias

Si una sociedad extranjera participa en la nueva empresa española, será necesario acreditar determinados datos de la entidad y de las personas que actúen en su nombre.

También podemos gestionar el NIF de la entidad extranjera cuando necesite identificarse fiscalmente en España.

Contactar con Grupo Consultae

Coordinamos la creación y puesta en marcha de tu sociedad en España, desde el análisis inicial de la estructura y la documentación hasta su inscripción y los primeros trámites administrativos.

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Yelitza Castillo
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Tengo que decir que desde el primer contacto con el grupo consultae hubo asesoramiento y acompañamiento, además de darme siempre respuesta cuando les escribí o hablé por alguna duda. Mi experiencia ha sido completamente satisfactoria, asi que Gracias por sus buenos oficios!
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Cristina Pérez
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Muy agradecidos con todo el equipo de Grupo Consultae, especialmente Inma y Luisella, quienes han llevado nuestro caso de reagrupación familiar. Gracias por hacernos tan fácil todo el proceso, estar disponibles siempre para resolvernos las dudas, aún fuera de horario, y encargaros de toda la burocracia y papeleo. Desde el principio claridad y transparencia con los pagos e informándonos de cada paso y documentación que se debía aportar. Nos hemos sentido muy acompañados durante este tiempo, tenéis una calidad profesional excelente, pero humana más. Una verdadera suerte haber dado con vosotros. Recomendamos que todo aquel que necesite asesoramiento en tema de extranjería se pongan en sus manos, pues se gana en tranquilidad y paz mental. Tency y Cristina.
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jose maria
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⭐⭐⭐⭐⭐ Excelente servicio en la gestión y obtención del NIE. Todo el proceso se ha llevado a cabo de forma rápida, ágil y con una gran profesionalidad. En todo momento he recibido una atención excelente, con respuestas claras y un seguimiento impecable. Muchas gracias por vuestra eficacia y por hacer que un trámite tan importante resultara sencillo y sin complicaciones. ¡Totalmente recomendables!
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VALENTINA PAZ NILO PEÑAILILLO
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Elegir los servicios de la asesoría ha sido un total acierto. Siempre acompañándome e informándome de cada paso de mi proceso, siempre dispuestos a responder todas mis dudas. De seguro los volveré a elegir para cualquier otro procedimiento que llegue a necesitar. Gracias!!
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zineb dioua
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Confié en este servicio para obtener mi TIE y no podría haber tomado una mejor decisión. Desde el primer contacto me dedicaron tiempo, me escucharon con atención y me acompañaron con una gran profesionalidad, paciencia y cercanía, especialmente en los momentos en los que tenía dudas o inquietudes. Me explicaron con claridad cada paso del proceso, lo que me permitió afrontar con tranquilidad un trámite que, si no se conocen las leyes y los procedimientos, puede resultar muy estresante. En todo momento sentí que estaba en buenas manos, desde la preparación y presentación de la solicitud hasta el día en que recibí mi TIE. Gracias a su experiencia y a la atención que dedicaron a mi caso, todo el proceso fue mucho más rápido de lo habitual. Siempre recibí respuestas rápidas y un apoyo constante. Además de su profesionalidad, lo que realmente los distingue es su trato humano. Los recomiendo sin ninguna duda a cualquier persona que necesite ayuda con este trámite. Son un equipo competente, de confianza y muy comprometido con sus clientes.
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Pablo Esteban
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Gracias a Grupo Consultae pude realizar mis tramites en tiempo y forma, Inma siempre esta dispuesta a ayudar.
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Sahory Balaguera
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Muy agradecida con este equipo de trabajo tan profesional, respetuoso y eficaz, muchas gracias por su valiosa ayuda, de la mano de uds este proceso no se sintió tan engorroso y complicado. Muchas gracias de nuevo por su profesionalismo y por su ayuda... SUPER RECOMENDADOS ????????
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Lidia Flores
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Excelente servicio, rápido y sin contratiempos. Estamos muy agradecidos y los recomendamos 100%.
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Antonio Herrero
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Muy contentos con el servicio y el trato personal recibido por Inmaculada Balboa. Nos han guiado y representado para conseguir el registro de una empresa extranjera en España con éxito. Gracias. Antonio Herrero.
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